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Hacia un sistema penal juvenil

El artículo que sigue fue preparado por Unicef en el marco del Coloquio Internacional sobre "Sistema de responsabilidad penal de adolescentes y Convención sobre los Derechos del Niño" (Buenos Aires, 29 de abril de 2004). En él se explica, respondiendo a una serie de preguntas, por qué es necesario, y cómo deberia implementarse un sistema penal juvenil.

Preguntas y respuestas: ¿Qué es un sistema penal juvenil? 


El Instituto Interamericano del Niño ofrece en su pagina web cursos a distancia sobre variados temas. Por el hecho de ser cursos a distancia, toda la bibliografía de los mismos se encuentra online. Durante el año 2002 se realizó el Curso no presencial para especialistas jurídicos sobre derechos de la niñez, que tiene en su bibliografía varios artículos de interés (en formato pdf). Entre ellos están:
-Los hijos de los pobres. La imagen de la infancia desde el Siglo XVII, por Hugh Cunningham
-Legislaciones Infanto-Juveniles en América Latina: Modelos y Tendencias, por Emilio García Méndez
-Imputabilidad y Edad Penal, por Juan Bustos Ramírez
-Justicia Juvenil, UNICEF (este interesante artículo da un panorama general sobre el estado de la justicia juvenil en todo el mundo)

Y durante el 2004 se realiza un nuevo curso con la misma temática: Curso no Presencial sobre Sistemas de Justicia Juvenil y el Adolescente en Conflicto con la Ley Penal, coordinado por Diana Gonzáles Perrett. El curso comienza el 26 de Abril y finaliza el 2 de agosto. La bibliografía aún no está online completa (solo el primer módulo), pero suponemos que lo estará a medida que progrese el curso.


En 1985, y como resultado del Sexto Congreso de las Naciones Unidas sobre la Prevención del delito y Tratamiento del Delincuente (Caracas 1980), las Naciones Unidas crean las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing). Estas son un conjunto de normas mínimas para guiar a los Estados en la elaboración de un sistema de justicia separado para los menores que respete sus derechos.

En 1990 se aprueban las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de Riad) y las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de la Libertad. Las Directrices de Riad apuntan a promover políticas sociales efectivas y legislación adecuada para la protección y prevención. Las reglas MPL son recomendaciones para lograr que los derechos de los menores sean respetados durante su ingreso y permanencia en centros de detención o instituciones relacionadas, y que se tomen las medidas necesarias para su reintegración a la sociedad.

Junto con la Convención sobre los Derechos del Niño, estas series de reglas, que no son vinculantes, deben ser consideradas como parte de un enfoque integral que apunta a considerar a los menores como sujetos de derecho y no como objetos de protección o tratamiento.

Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de Riad) 
Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing) 
Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de la Libertad 


Para tener una idea de cómo se han cumplido hasta ahora estas recomendaciones, es instructivo leer la sección Situación de los Menores en el Sistema Penal Argentino del Informe 2003 sobre el estado del sistema de prisiones en Argentina, realizado por el Observatorio Internacional de Prisiones de Argentina, así como también los siguientes artículos periodísticos:

Doce chicos con perpetua, el triste record nacional (Página 12, Buenos Aires, 1/12/03)
Huelga de hambre: dos jóvenes detenidos en condiciones atroces (Página 12, Buenos Aires, 22/6/03)
Carta presentada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 
Pedido a Kirchner por jóvenes condenados a prisión perpetua 


En la página web del Instituto Interamericano del Niño se encuentra el texto completo del libro Adolescentes y responsabilidad penal, una interesante compilacion de articulos realizada por Emilio Garcia Méndez (en formato pdf). Algunos títulos son:

-La dimensión política de la responsabilidad penal de los adolescentes en América latina: notas para la construcción de una modesta utopía, por Emilio García Méndez
-Algunas confusiones en torno a las consecuencias jurídicas de la conducta transgresora de la ley penal en los nuevos sistemas de justicia juvenil latinoamericanos, por Mary Beloff
-La "protección" como pretexto para el control social arbitrario de los adolescentes o la supervivencia de la "doctrina de la situación irregular", por Antonio Fernando do Amaral e Silva
-Nulla poena sine culpa. Un límite necesario al castigo de los adolescentes, por Miguel Cillero