Clarín, Buenos Aires, 2/12/05
La edad para ser mayor de edad (editorial)
Ser mayor de edad significa alcanzar una situación jurídica que permite disponer de modo autónomo del conjunto de derechos que, de modo igualitario, otorga el ordenamiento jurídico a las personas físicas. Este pasaje implica el final del ejercicio de la potestad que tienen padres o tutores sobre el menor, concluyendo así un estado de incapacidad relativo que impide ejercer derechos políticos o patrimoniales.
Hasta ahora, en nuestro país, la mayoría de edad se alcanza a los 21 años, por lo cual hasta esa edad un joven no puede, por ejemplo, por sí solo tramitar el pasaporte y salir del país, adquirir o alquilar inmuebles o casarse.
El modo vigente de trazar la distinción entre los menores y los mayores presenta incongruencias, porque a partir de los 18 años las personas pueden integrar fuerzas militares y, entre otras comprometedoras acciones, votar. Además, culturalmente se han ido incrementando los rasgos de independencia y valoración de los jóvenes. Esta tendencia, propia de nuestra época, llevó a que en la Convención Internacional de los Derechos del Niño se fijara la mayoría de edad a los 18 años, promoviéndose la adecuación de las normas nacionales a este criterio.
A pesar de que nuestro país suscribiera esa convención y aun, que se le diera jerarquía constitucional a partir de 1994, sigue vigente en el Código Civil el criterio que fija la mayoría de edad a los 21 años.
La reforma del Código Civil que se está impulsando resulta adecuada para actualizar nuestro orden legal a la posición que ocupan los jóvenes en el mundo contemporáneo, y también para reconocerles la autonomía, la responsabilidad y la capacidad plena. Esta reforma contempla establecer la mayoría de edad a los 18 años, sin perjuicio que se mantengan hasta los 21 beneficios en materia de previsión, seguridad social y alimentos. El proyecto ya recibió un masivo apoyo en el Senado de la Nación y se espera que ocurra lo mismo en Diputados.
Cuando se convierta en ley, se habrá superado el estado jurídico de minusvalía en el que hoy absurdamente se encuentran los jóvenes menores de 21 años.
Ser mayor de edad significa alcanzar una situación jurídica que permite disponer de modo autónomo del conjunto de derechos que, de modo igualitario, otorga el ordenamiento jurídico a las personas físicas.
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