Página 12 Buenos Aires, 13/10/03
Lejos de la familia por ser pobres
Un juez de menores ordenó internar a un chico de 14 años en
un hogar porque su madre no podía mantenerlo. La mujer está desocupada y
cobra 150 pesos. Mientras tanto, el Estado paga al hogar 351 pesos
mensuales por tener al chico, una suma que a la familia le bastaría para
mantenerse. El absurdo se multiplica en toda la
provincia.
Por Mariana Carbajal
Susana Flores está desolada. A su
único hijo, de 14 años, lo puede ver sólo los fines de semana por la
simple razón de que es pobre. El Tribunal de Menores de Azul dispuso en
marzo la internación del chico en un hogar de la Municipalidad de Tandil
hasta que ella pueda proveerle los alimentos básicos para su manutención.
Pero Susana no ha podido conseguir trabajo en los últimos años y su único
ingreso son los 150 pesos del Plan Jefas y Jefes de Hogar. Desesperada
porque su situación económica no varía y no tiene perspectivas de que
mejore, presentó un recurso de amparo contra el gobierno bonaerense para
que, en cumplimiento de la Convención Internacional de los Derechos del
Niño, le entregue un subsidio que le permita recuperar la tenencia del
menor. Paradójicamente, el hogar donde está su hijo cobra por su cuidado
351 pesos mensuales del estado provincial, un monto que le permitiría a
Susana mantenerlo junto a ella. “No es un caso aislado. En la provincia
hay unos 12.000 chicos institucionalizados por causas asistenciales, es
decir, que no han cometido delitos sino que simplemente son pobres”,
reveló a Página/12 Adriana Gugliota, responsable del Area Derechos de
Unicef Argentina (ver aparte). Susana presentó el amparo el 12 de
septiembre ante el Juzgado Civil y Comercial 2 de Tandil, a cargo de Juan
Carlos José Russo. Al expediente ya se le dio traslado al gobierno
bonaerense, que debe contestar a través de la Fiscalía de Estado.
Concretamente, le exige al Ejecutivo provincial que cumpla con la
Convención Internacional de los Derechos del Niño que obliga a los países
que la suscriben a brindar “la asistencia apropiada a los padres para el
desempeño de sus funciones en lo que respecta a la crianza” de sus
hijos. “Lo único que reclamo es la recuperación de mi hijo. A los 56
años el mercado laboral para mí está saturado”, dice Susana, quien hizo la
presentación judicial con el patrocinio de Jorge Coronel, un abogado de
Tandil vinculado con organizaciones de derechos humanos. La
irracionalidad del gasto provincial fue reconocida a este diario por el
titular de Infancia de la Secretaría de Derechos Humanos bonaerense,
Enrique Pochat: “Efectivamente, se institucionaliza a los niños y se gasta
en un hogar 351 pesos en concepto de beca por cada chico cuando se debería
actuar a tiempo y procurar con ese dinero fortalecer al grupo familiar”,
admitió. –¿Por qué no lo hacen? –preguntó este diario. –Lo que pasa
es que no hay becas para las madres. –¿Y por qué no se modifica el
sistema? –En eso estamos –respondió Pochat. El funcionario aclaró que
en la Legislatura bonaerense se está trabajando en la elaboración de un
proyecto de ley para reemplazar la norma vigente en materia de minoridad,
que data de la última dictadura militar y es contraria a la Convención
Internacional de los Derechos del Niño. La norma permite este tipo de
medidas al otorgarles a los jueces de menores facultades absolutas para
disponer sobre el destino de los chicos –ya sea que tengan problemas con
la ley, sean víctimas de delitos o de la pobreza– y no les da derecho a la
defensa como sí tiene cualquier adulto. En esa ley –llamada de Patronato
de Menores– se fundamenta la internación del hijo de
Susana. Condiciones deplorables La institucionalización del chico
fue ordenada por el juez Eduardo Pedro Allende, a cargo del Tribunal de
Menores de Azul, el 11 de marzo. “Ese mismo día, dos oficiales de la
policía vinieron con una cédula y se lo llevaron”, recuerda Susana, con la
voz entrecortada. En ese momento, Susana no se opuso a la internación.
Incluso, el mismo chico, cuyas iniciales son M.M., dio su aprobación,
según contó su mamá. “El quería seguir estudiando y el tribunal nos dijo
que era la única forma de quepudiera hacerlo, pero se nos dijo que sería
provisorio y ya pasaron casi siete meses”, dice Susana. El tribunal
intervino después de que Susana hizo un pedido desesperado de ayuda a
través de una radio local para que su hijo no se viera obligado a
abandonar la escuela. Estaba inscripto para iniciar el primer año del
Polimodal en la Media Nº 3 República de Ecuador, de Tandil. –Faltaban
pocos días para que comiencen las clases y, desesperada por las
condiciones deplorables en las que estábamos, fui a LU 22 Radio Tandil
para solicitar ayuda a la comunidad y también llamé al Tribunal de
Menores, desde donde nos citaron –recuerda la mujer. Ese juzgado había
intervenido en una “fuga de hogar” de su hijo –que no duró más de unas
cuantas horas–, aparentemente motivada por la mala relación con el padre.
Cuando hizo el pedido de auxilio, Susana había dejado la casa de su ex
marido por haber sufrido episodios de violencia, tanto ella como su hijo,
y no tenía un lugar estable donde vivir. De acuerdo con su presentación
judicial, Bienestar Social de Tandil le pagó tres noches en un hotel y
después Susana consiguió ubicarse con su hijo en un local muy precario del
barrio tandilense de Palermo, que no cuenta ni siquiera con ducha. “Para
pagar el alquiler, el municipio me dio por un mes 100 pesos y los 50 pesos
restantes los tenía que poner yo”, apunta Susana. Para alimentarse
recurrían a un comedor comunitario del barrio de Villa Gaucho, donde les
daban una vianda para una comida diaria de lunes a viernes. “Los fines de
semana nos arreglábamos con una bolsa de alimentos que nos entregó
Bienestar Social durante dos meses y que traía un paquete de fideos, otro
de arroz, un kilo de azúcar y cuatro hamburguesas de soja”,
recuerda. Incapaz Al disponer la internación “precautoria” de M.M.
en el Hogar de Convivencia dependiente del Municipio de Tandil, el
tribunal nunca puso en tela de juicio la capacidad de su madre para
protegerlo y educarlo, según se desprende del expediente. Pero el juez
tomó la decisión “en salvaguarda de la integridad física y moral del
incapaz”, basándose en la Ley de Patronato de Menores. Según esa ley
–explicó el abogado Coronel– se daba una causa de abandono objetivo de
M.M.: su padre lo había echado de la casa y su madre no podía mantenerlo.
“Pero en este caso no es la madre quien lo abandona por su propia decisión
sino porque no puede mantenerlo. Si la función del Patronato lleva al
Estado a asumir funciones de las que los padres no se hacen cargo, ¿qué
sucede cuando es el mismo Estado el generador de condiciones de abandono
objetivo?”, se preguntó Coronel. –Yo pensé que iba a ser por poco
tiempo, hasta que pudiera conseguir lo que necesito para mantener
dignamente a mi hijo. Pero no veo forma de que mi situación económica
cambie y quiero que volvamos a vivir juntos –implora la mujer, que
actualmente está viviendo en una modesta habitación de pensión. El
régimen del hogar donde vive M.M. es abierto, con lo cual el chico sale
para ir a la escuela, pero debe volver ahí a dormir. Por eso, Susana desde
marzo lo ve sólo los fines de semana. “Es durísimo”, se lamenta. La mujer
cobra un subsidio de 150 pesos del Plan Jefas y Jefes de Hogar y como
contraprestación trabaja cuatro horas dando apoyo escolar en la Escuela
del Club Boca Juniors. “Con los 351 pesos que recibe el hogar como beca
del estado provincial por tener a su hijo, perfectamente podría mantenerlo
ella”, señala su abogado, quien aporta un dato más: teniendo en cuenta el
gasto de infraestructura y personal del instituto donde vive M.M. el
gobierno bonaerense desembolsaría cada mes por tenerlo institucionalizado
un cifra cercana a los mil pesos. Hace años que la vida la golpea a
Susana. Inició la convivencia con el padre de M.M. en la ciudad de Santa
Rosa, La Pampa, en 1987. Al año nació su único hijo. “Después de haber
recorrido el país persiguiendo un futuro de prosperidad y de haber dejado
al costado del camino proyectos ynegocios que fracasaban a poco de
iniciarse, nos instalamos en Tandil a comienzos de 1994”, recordó en su
presentación judicial. Luego vino la separación de su ex –con quien volvió
momentáneamente a vivir por no tener adónde ir– y la extirpación de su
mama izquierda en el Hospital Municipal de Tandil por un tumor. El
amparo se fundamenta en tratados internacionales y en la propia
Constitución bonaerense, que en su artículo 36 señala que “la familia es
el núcleo primario y fundamental de la sociedad”, que la provincia
“establecerá políticas que procuren su fortalecimiento y protección moral
y material” (inciso 1) y “promoverá políticas de asistencia a la madre
sola sostén de hogar” (inciso 4). Susana está ilusionada: espera
volver a vivir pronto con su hijo. “Es muy estudioso, muy buen alumno.
Tiene un promedio de 8,60 a pesar de todos los problemas que hemos
tenido”, cuenta con orgullo.
Se priva a los chicos de su derecho
“El de Tandil no es un caso aislado. En la provincia de Buenos Aires hay unos 12 mil chicos institucionalizados por causas asistenciales, es decir, que no tienen problemas penales, más de 3400 bajo la jurisdicción del Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, y alrededor de 600 en Córdoba, por mencionar algunos lugares”, reveló en un reportaje con Página/12 Adriana Gugliota, responsable del Area Derechos de Unicef Argentina. –¿Cómo debería resolverse el problema de la mujer de Tandil?
–Desde que se firmó la Convención Internacional de los Derechos del Niño, se debe promover como política pública el fortalecimiento de las familias. Con el dinero que el gobierno provincial gasta en una beca para que el chico esté en una institución, se debería ayudar económicamente a la madre. Es ilegal separarlo de su familia. El Estado debe apoyar a la familia para que se haga cargo de sus niños. En el caso de Tandil ocurre lo contrario: el Estado financia estructuras de contención que privan al chico de su familia, privándolo al mismo tiempo de derechos. El interés superior del niño es preservar los vínculos familiares. Hay casos en que si no se retira al niño de su familia, corre peligro. Pero no en este tipo de casos.
–¿Por qué todavía persisten estas situaciones que judicializan la pobreza?
–El problema es que todavía se aplica la ley de Patronato de Menores, que permite la exclusión del hogar por razones de pobreza. En la provincia de Buenos Aires había sido derogada al sancionarse la Ley de Protección Integral de la Infancia en diciembre del 2002 por consenso de todos los bloques, después de varios años de debate. Pero esa norma fue cuestionada por el procurador de la Corte provincial y suspendida por la Corte bonaerense. En mayo, la Corte se expidió y convalidó su validez, entró en vigencia, pero inmediatamente fue suspendida por 180 días por la Legislatura, plazo que vence a fines de noviembre. Ahora están en danza otros proyectos para modificarla. Con tantas idas y vueltas, sigue vigente la ley de Patronato , una norma que fue sancionada durante la última dictadura militar.
–¿Cómo afecta esta ley a los chicos?
–En principio, no se adecua a la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que tiene rango constitucional. Es otro paradigma: entiende que los niños son objeto de tutela del juez y no sujetos de derecho. El drama es que en la época de la Convención sigue habiendo este divorcio entre la norma constitucional y las leyes de menor rango. Lamentablemente, el “patronato” es una cultura, no sólo una ley. El eje fundamental de la Convención es el artículo 12, que establece que el niño debe ser escuchado y sus opiniones tenidas en cuenta en todos los asuntos que le conciernen en la medida de las posibilidades y esto es lo que la “cultura del patronato” no acepta. Si esa persona es protagonista y tiene voz, la relación con el Estado y los adultos cambia.
–¿Por qué se tarda tanto en adecuar las leyes a la Convención?
–Lo que están viviendo los niños es similar al proceso que han atravesado las mujeres que hasta no hace mucho tiempo eran excluidas como sujetos de derecho. Es un proceso que culturalmente lleva tiempo. Con una ley de protección integral se reducirían las facultades de los jueces de menores a las situaciones en las que hay conflictos de índole penal. Hasta ahora, sólo seis provincias han modificado sus legislaciones: la primera fue Mendoza, después Chubut, Neuquén, Tierra del Fuego, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Misiones. Río Negro está en proceso de sancionarla.
–¿Cuántos chicos hay en institutos, lejos de sus padres, sin haber tenido problemas con la ley penal?
–No hay un buen sistema de información sobre los casos y éste es otro problema grave. En Unicef pudimos recabar ciertos datos: hasta abril, en la provincia de Buenos Aires había alrededor de 12 mil chicosinstitucionalizados por razones asistenciales, más de 3400 bajo la órbita del Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia y unos 600 en Córdoba, por mencionar algunos lugares. Por ejemplo, está el caso de los chicos cuyos padres están presos: en lugar de buscar a familiares y transferirles fondos para que se hagan cargo de la crianza, el Estado es muy expeditivo y los pone en alguna institución a la que le paga. Para evitar arbitrariedades e injusticias, estos casos deberían estar en la web. Estas cosas están pasando y no son visibles.
–Y afectan a la población más vulnerable ...
–Debería haber estadísticas para que los decisores políticos piensen políticas públicas para dar respuesta a este problema. Es riesgoso para los chicos que la intervención del Estado sea invisible.
La opinión de los expertos
- MARÍA ELENA NADDEO*
Existe la judicialización
entre los menores, una situación que persiste por la confusa y
contradictoria legislación vigente: aún no se terminó de incorporar
la Convención de los Derechos del Niño, aprobada en los años ‘90
pero que muchas provincias aún no la pusieron en práctica porque no
modificaron la legislación local. Muchos jueces usan la concepción
tutelar de la vieja ley de Patronato , el viejo principio que dispone
la internación de los menores ante situaciones de riesgo moral o
material. Una disposición arbitraria y subjetiva: sin plazos, sin
términos y a su criterio. La Convención y las nuevas reformas
plantean medidas de protección integral que se basan en la inclusión
de políticas sociales a cargo del Poder Ejecutivo. Intentan
asegurarles a los niños el ejercicio de su derecho en un contexto
distinto, donde la Justicia no debe tener injerencia o intervención.
Este tipo de situaciones provocan desarraigo familiar. Este es
el primer efecto, pero el segundo son los peligros que representa la
judicialización para la víctima, ya que le es traumático convivir en
una institución donde puede repetir más situaciones traumáticas. El
problema en la Ciudad de Buenos Aires es que la Justicia todavía es
nacional y en algunos casos no está totalmente consolidada la
aplicación de la ley que ratifica la Convención. * Presidenta
del Consejo de los Niños, Niñas y Adolescentes Ciudad de Buenos
Aires.
- GUSTAVO GALLO*
El caso de Tandil nos
muestra un caso más de judicialización de la pobreza. La realidad es
que la Justicia en vez de poder implementar políticas públicas
integrales, revictimiza a los pibes. Las medidas de protección de
personas, implementando la ideología del patronato, no tienen en
cuenta la Convención y violan los derechos de los chicos. En este
contexto, la Justicia más que ejercer una política de protección
resulta una imposición que carece de las garantías jurídicas básicas
y hace que el proceso sea inconstitucional, porque viola en letra y
en espíritu la Convención por doble vía: está violando un tratado
internacional pero además es un tratado que la Argentina ratificó en
el ‘90 y en el ‘94. Frente a esto, debería solicitarse la
implementación de juicio político para los jueces. Hasta ahora no ha
habido juicios políticos sobre estas situaciones, siempre se trata
de solucionar el problema por la vía apelatoria pero llegó el
momento, después de diez años de vigencia de la Convención, de dejar
de judicializar a la pobreza de una vez por todas y plantear que los
jueces tomen otras medidas. Al que hay que poner en mora no es a
la víctima sino al Estado y al Poder Judicial. El primero porque no
cumple, viola la Convención y el pacto de los derechos sociales,
económicos y culturales de los chicos. Al Poder Judicial porque
aplica un viejo paquete de normativas cuando debe aplicar la
Convención. * Presidente de la Comisión de los Derechos del Niño
de la Asociación de Abogados de Bs. As.
- ALEJANDRO
MOLINA*
No se puede decir que exista una política
indiscriminada de judicialización; por el contrario, los jueces son
los primeros que advierten, a veces con espanto, situaciones muy
complejas. Es cierto que si tenemos un diagnóstico improvisado o
incompleto de la situación, tampoco podemos correr el riesgo de
separarlos nada más que porque la familia es pobre. Desde lo macro,
hacen falta campañas de concientización donde la familia, la
sociedad y el Estado ejerzan su responsabilidad en la protección de
la infancia. El problema es determinar cuándo se trata de pobreza o
cuando es incapacidad de los padres para cuidar: ésta es una
cuestión bastante difícil de determinar. El diagnóstico de Unicef
está mostrando problemas conocidos que pueden haberse agudizado por
el incremento de la pobreza. Pero a pesar de los altos niveles de
pobreza, hay familias que tienen suficientes recursos de otro tipo
para poder atenderlos y otros que tienen problemas que se agudizan
por la intensificación de la pobreza. Hay padres con patologías
encubiertas que han cuidado a sus hijos cuando tienen recursos, pero
en situaciones de total indigencia se evalúa qué posibilidades les
quedan. Por más que les den un Plan Jefas y Jefes están en riesgo, y
los jueces, en algunos casos, optan por lugares alternativos. *
Defensor de Menores ante la Cámara Civil de Capital, ex titular del
Consejo del Menor de la Nación.
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