Tienen el terrible privilegio de
ser los primeros menores de edad condenados a cadena perpetua en el país.
Su caso llegó hasta la CIDH, pero ellos pasaron por los peores pabellones,
en las peores condiciones, ante la indiferencia de las autoridades
carcelarias. Una historia dramática de final abierto.
Por Marta Dillon
“Nosotros sabemos que hicimos daño psicológico y moral. Hasta
quitamos una vida, señora. Pero ahora nos están matando despacito, somos
muertos vivos, señora.” Lucas Mendoza habla pausado y con los ojos verdes
algo perdidos. Su compañero, Claudio Núñez, asiente a su lado. La huelga
de hambre que iniciaron hace casi quince días les hunde las mejillas.
Tienen 22 y 23 años de edad, siete de detención y un oscuro record: son
los primeros adolescentes condenados a reclusión perpetua aun cuando eran
menores al momento de cometer los delitos que les imputan. Por esta causa
el Estado ha sido denunciado ante la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos. El Tribunal Oral que los sentenció, y la Cámara de Casación Penal
y la Corte Suprema de Justicia que ratificaron la pena, han violado
sistemáticamente la normativa vigente de jerarquía constitucional que los
protege. Y por lo tanto los derechos fundamentales de estos dos jóvenes
que necesitaron dejar de alimentarse para llevar su reclamo más allá de
los muros de la “tumba”, en la que hasta ahora no han podido siquiera
terminar su escolaridad.
La condena que les impuso a Lucas Mendoza,
Claudio Núñez y César Mendoza en 1997 el Tribunal Oral de Menores 1 no
sólo viola la Convención Internacional de los Derechos del Niño sino que,
además, y por primera vez en una sentencia firme, desecha los beneficios
que les otorgaría la ley 22.278 para delitos penales cometidos por menores
entre los 16 y 18 años. Esta ley, sancionada durante la última dictadura
militar y en la que se consagra la absoluta discrecionalidad de los jueces
para aplicarles o no el régimen penal de adultos, prevé el régimen de
tutela mientras son menores y después da la posibilidad de aplicarles las
penas del sistema penal de adultos para los delitos en grado de tentativa.
“Con este fallo se rompe el pacto paternalista tutelar con que los jueces
aplicaron la 22.278 hasta ese momento”, dice Emilio García Méndez,
presidente de la Comisión de Minoridad del Colegio Público de Abogados.
Pero lo más grave es que los magistrados violaron la Convención
Internacional de los Derechos del Niño que forma parte de la legislación
interna desde 1990 y tiene jerarquía constitucional desde 1994. La CIDH es
clara cuando se refiere a que las penas privativas de libertad para los
niños –toda persona menor de 18– tienen que ser aplicadas “por el menor
tiempo posible”. Además, veda explícitamente la aplicación de la pena de
prisión perpetua sin posibilidades de excarcelación en su artículo
37.
“Sin posibilidades de excarcelación” son las cuatro palabras de las
que la Cámara de Casación Penal, en el argumento de uno de sus miembros,
Pedro David, se sirve para ratificar la condena entendida como
inconstitucional incluso por el Observatorio del Sistema Penal y los
Derechos Humanos de la Universidad de Barcelona. David argumenta que la
legislación argentina contempla que, pasados veinte años de cumplimiento
efectivo de la condena, es posible gozar del beneficio de la libertad
condicional. Y también alude a la facultad de acceso a salidas
transitorias o regímenes de semilibertad. Claro que estos beneficios son
posibles siempre que el Servicio Penitenciario Federal los considere
oportunos y que los internos hayan podido estudiar y trabajar en la
cárcel, mostrando así sus deseos de cambio. Es decir, dependen de una
administración que no se caracteriza por facilitar la reeducación de las
personas a su cargo, sino que falla sistemáticamente en este sentido. De
hecho, estos jóvenes no han podido aún aprender oficio alguno, mucho menos
terminar su escuela secundaria.
Con la sentencia que se aplicó a Núñez
y Mendoza, Argentina se convirtió en el país más brutal en cuanto a las
penas aplicadas sobre menores de toda Latinoamérica. García Méndez, que
participó de la adecuación de las leyes penales internas a las de la CIDH
en todos los países de América latina y el Caribe, suma un dato más: “El
país más duro en cuanto a penas privativas de libertad es Costa Rica, que
prevé diez años de reclusión. En Argentina ya contamos, al menos ocho
condenas a prisión perpetua para menores. Ninguna en la provincia de
Buenos Aires. ¿Por qué? Porque además de ser el país más brutal en cuanto
a penas, en la provincia tenemos los escuadrones de la muerte que
directamente aniquilan a los niños. No hay más que recordar la acordada de
la Suprema Corte de la Provincia que denunció esto en el año
2001”.
Marginados
“Me encuentro alojado en el PB A celda individual
donde permanezco las 24 hs. Sin tiempos de recreación, sólo 15 minutos
para limpiar mi celda y asearme, almuerzo y ceno en la misma celda, solo,
no convivo ni tengo esparcimiento con ningún interno. Sr. Juez me
encuentro enfermo por la soledad al no conversar con nadie (...) tampoco
voy a la capilla, no realiso (sic) ningún trabajo, no asisto a ninguna
clase, ni oficio ni escuela (...) cada día que pasa es una eternidad.”
Este es sólo un párrafo de los muchos que usó Lucas para pedirle a su
juzgado de ejecución que revea el modo en que cumplía su condena en el
penal de Neuquén, al que llegó después de haber rotado por el instituto de
menores Manuel Belgrano y los penales de Caseros, Marcos Paz y Ezeiza.
Lucas está casi ciego por la concurrencia de una cicatriz de toxoplasmosis
y un golpe que le asestaron en la cabeza en el instituto Belgrano. Hace
dos meses la procuración penitenciaria logró que se lo trasladara al penal
de Devoto para que atendiera su dolencia. Todavía no se le ha hecho ni un
solo estudio.
Claudio Núñez apenas recuerda el corto tiempo de su vida
que pasó fuera de las instituciones. A los 12 ya conocía a la perfección
el oficio de ayudante de panadero, él era uno de los sostenes de una
familia de cinco hermanos. Nunca pudo progresar. A esa edad fue quien
salió en defensa de su hermana, abusada por el papá de ambos, y de su
madre, sistemáticamente golpeada. “Mi papá era policía retirado, de
Tucumán, tenía otra familia y venía cada dos meses a pegar y amenazar con
el arma. Un día se la saqué, porque mi hermana se había querido suicidar y
yo sabía por qué era. Se disparó primero, y después volví a tirar porque
no sé qué hubiera hecho mi padre conmigo si no.” Para “protegerlo” se lo
institucionalizó. Nunca recuperó su libertad. Claudio volvía algunos días
a su casa y se supone que entonces cometió los delitos gravísimos que él
no discute en general, aunque asegura que algunos hechos fueron cometidos
mientras estaba en el Hogar Alborada, en donde su conducta era calificada
como “ejemplar”. Claudio peregrinó por tantos penales como Lucas, sólo que
en lugar de ir a Neuquén fue al penal de Rawson, donde raramente su
familia podía visitarlo ya que no recibía del Estado ninguna ayuda
económica para hacerlo. ¿De qué modo estos jóvenes podrían afianzar
vínculos familiares y sociales que les permitirían acceder a regímenes de
libertad transitoria si la misma institución –el Servicio Penitenciario
Federal– que podría recomendarla los aísla y les impide toda posibilidad
de educación o trabajo?
A la situación de hecho habría que sumar que
para entrar en el “régimen de progresividad” que otorga el puntaje de
conducta para acceder a beneficios que acorten la condena es necesario
tener sentencia firme. Claudio y Lucas están detenidos por estas causas
desde 1997, hasta mayo de 2002 el SPF no los ingresó en ese régimen.
“Cuando uno tiene condenas largas siempre lo mandan a pabellones de máxima
seguridad, de psicópatas, con gente de mala conducta. Además, en cada
traslado los agentes te pegan, ellos dicen que cumplen órdenes, pero si
uno se defiende ‘lo empapelan’, te quitan la conducta, te mandan a
‘buzones’”, dice Claudio, haciendo gala de lo aprendido en los
penales.
La huelga
Claudio y Lucas decidieron comenzar la huelga de
hambre como única posibilidad de ser escuchados. Si la abogada de oficio
Stella Maris Martínez pudo presentar un recurso ante la CIDH fue porque la
casualidad le permitió “entrar en diálogo”, como dice Lucas, con uno de
los detenidos que nunca había sido notificado personalmente que su última
posibilidad frente a la Corte Suprema no había dado resultado. A los
secretarios de la Corte no les resultó importante comunicarles el
resultado a los chicos, por pocos días casi quedan fuera de los tiempos
procesales de la Comisión.
La petición de la defensora oficial fue
acompañada por otra, en carácter de amicus curiae, de Francisco Mugnolo,
procurador penitenciario, que conoce de sobra las condiciones inhumanas de
las cárceles argentinas. Y es desde la Procuración que se sigue la
evolución de los chicos desde que tomaron la decisión de dejar de comer.
La adecuación de la legislación interna a la Convención Internacional
de los Derechos del Niño es una cuenta pendiente de la democracia
argentina, que se ha resistido a saldar incluso los sectores llamados
progresistas –a excepción del bloque del ARI que a través de la diputada
Laura Musa presentó un proyecto en el año 2000–. “Aquí hemos oscilado
entre el paternalismo ingenuo y el retribucionismo hipócrita y esto tiene
que ver con una mirada esquizofrénica sobre los adolescentes que solo
puede verlos como ángeles o demonios”, dice García Méndez, aludiendo a la
resistencia para crear un régimen de responsabilidad penal para
adolescentes.
“Después del mío se presentaron muchos proyectos para
legislar sobre la responsabilidad penal de los jóvenes, ya que se trata de
eso y no de bajar la edad punible para incorporarlos antes al régimen de
adultos. Pero nunca llegan a tratarse. Ahora presentamos un proyecto para
que las Cámaras legislativas, al menos, controlen que no se violen los
derechos de niños, niñas y adolescentes con este tipo de penas”, dice
Musa, en consonancia con otros organismos como la Comisión Argentina de
Seguimiento de la aplicación de la CIDN que preside Estela Carlotto. “La
violación de los derechos humanos de la infancia merece todo el repudio
institucional, pero además hay que tomar medidas específicas. Nosotros
vamos a pedir que se le siga el juicio político a los magistrados que la
desconocen sistemáticamente.” Lo que incluiría a los integrantes del TOM 1
y a los mismos jueces de la Corte Suprema.
Mientras, los jóvenes siguen
esperando, alimentando sus módicos sueños: “Yo quiero pasar un tiempo con
mi mamá, con mis hermanas, porque cuando me detuvieron ya me iba a tocar
estar con ella”, dice Claudio. “Mi familia no me enseñó a hacer lo que
hice. Para mi mamá y mi abuela –su papá lo abandonó a los 9– romperse el
lomo trabajando era la manera. Yo sin decir nada las quería salvar. Ahora
ya conozco el sufrimiento”, dice Lucas. Lo que los chicos desean, sobre
todas las cosas, es una oportunidad. Eran personas en formación cuando
cometieron los delitos, pero eso no fue tomado en cuenta, ni siquiera para
seguir educándolos. “El planteo –dice García Méndez– no es pasarles la
mano por la cabeza, pero sí establecer un régimen penal que guarde el
equilibrio entre el derecho a la seguridad colectiva y los derechos
individuales.”